sábado, 13 de abril de 2013
La nueva Ley de Seguridad privada aumentará las competencias de
los vigilantes
Les permitirá vigilar el exterior de las prisiones e iniciar investigaciones privadas.
Se crea un nuevo Registro Nacional de Seguridad.
El ministro del Interior,
Jorge Fernández Díaz
, presentó este viernes ante el
Consejo de Ministros
el
anteproyecto de ley de seguridad privada
, que vendría a sustituir a la norma legal que rige desde el año 1992, y en la que se dota de mayor competencias a los vigilantes de seguridad y se estrecha el cerco sobre las actividades que realizan los detectives privados.
El texto establece
competencias para los vigilantes privados
en funciones como los servicios de video-vigilancia privada dentro de inmuebles; la gestión y respuesta de alarmas; la vigilancia de polígonos, urbanizaciones y zonas comerciales peatonales; los servicios de planificación y asesoramiento; así como la
investigación privada
, una de las novedades del texto.
A esto, se une una vieja reivindicación de las empresas de seguridad privada, la
vigilancia perimetral de los centros penitenciarios
, siempre bajo la dirección de las Fuerzas de Seguridad del Estado. Con esta nueva función, Interior pretende
recolocar a los miles de escoltas
que trabajaron en la protección de cargos públicos amenazados por la banda terrorista
ETA
en el
País Vasco
y
Navarra
, y que en el último año y medio han perdido su trabajo.
El Ministerio
empezó a trabajar
en este sentido en
marzo de
2012
, siendo un tema tratado, incluso, en el
Consejo de Personal
de la Guardia Civil, tal y como informó
Libertad Digital
. A finales de marzo, la Dirección General del Instituto Armado informó a sus Unidades de Seguridad Penitenciaria que
a partir del pasado 1 de abril estos
vigilantes privados ya empezaban a trabajar
en
21 centros penitenciarios
, en 19 de los cuales el cuerpo responsable de su seguridad es la
Guardia Civil
y en dos de las cuales lo es el
Cuerpo Nacional de Policía
.
Mayor control a los detectives
El texto normativo, exactamente en su título segundo, establece que todas las empresas de seguridad y agencias de detectives tendrán que inscribirse en el
nuevo Registro Nacional de Seguridad
. Asimismo, en función de la mayor o menos actividad desempeñada por la empresa, aumentarán o disminuirán los requisitos que deben cumplir para poder inscribirse.
Se estrecha
, asimismo,
el cerco sobre las actividades
que llevan a cabo los
detectives privados
. Con su entrada en vigor, deberán documentar los encargos en un contrato escrito; además del libro-registro que ya llevan, habrán de elaborar un informe permanentemente actualizado, en el que conste el cliente, el encargo, los medios utilizados y los resultados obtenidos; el citado informe estará en todo momento a disposición de las Fuerzas de Seguridad y de la Autoridad Judicial; y presentarán una memoria anual de actividades al
Ministerio del Interior
.
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